Preguntas frecuentes sobre la póliza de responsabilidad civil

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En anteriores posts os hablamos sobre el seguro de responsabilidad civil de carga. Aunque con una terminología diferente, se trata del mismo seguro obligatorio para el transporte. En esencia, el seguro o póliza de responsabilidad civil de carga cubre los daños y perjuicios causados a terceros derivados de la actividad económica.
 
Muchas veces se piensa que la contratación de este seguro también cubre los gastos ocasionados al propio vehículo así como conductor. No obstante, aunque su contratación sí que cubre los daños materiales y personales causados, no tiene ningún efecto para el agente responsable de los mismos.
 
Se trata de una póliza contratada que genera dudas a la parte contratante en diferentes aspectos. Es por esto que hoy os contaremos cuáles son las preguntas más frecuentes y les daremos respuesta.
 

¿Todos los seguros de Responsabilidad Civil de carga son iguales?

No. Como los seguros de automóviles, cada compañía aseguradora tiene un precio y prestaciones diferentes. En el caso de las pólizas de responsabilidad civil, cada seguro cubre unas condiciones y cantidades aseguradas diferentes.
 
Por lo tanto, en este campo es fundamental estudiar y analizar las ofertas y condiciones para cada una de ellas. Generalmente, los factores que más influyen en la elección de una u otra póliza son dos: relación calidad-precio y tipo de producto que se va a trasladar.
 

Cuando contratas los servicios de una empresa de transporte, ¿este seguro viene incluído?

En la mayoría de los casos, las empresas de transporte ya tienen contratados los seguros de responsabilidad civil. Normalmente, la póliza que acuerdan con la empresa aseguradora es de carácter general.
 
Esto quiere decir que los daños causados por el traslado de la mercancía estarán cubiertos por el seguro de la compañía. Generalmente, el carácter general se vincula con la contratación de prestaciones más altas.
 
Para cada tipo de vehículo la póliza de Responsabilidad Civil será diferente. En concreto, en el caso del transporte terrestre por carretera, diferenciamos dos tipos:
 

    – LOTT / LCCTTM: este tipo de seguro cubre la responsabilidad civil contractual del transportista. Se aplica a los desplazamientos nacionales, y la indemnización viene definida por la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres y el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples. Concretamente, la indemnización suele venir dada por los kilogramos de la carga diaria transportada.
    – CMR: en este caso, el desplazamiento es internacional. Esta póliza está regulada por el Contrato de Transporte Internacional de Mercancías por Carretera, por lo que cubre los daños relacionados con la pérdida de nuestras fronteras. La indemnización se calcula de la misma forma que el anterior, aunque el valor que se le otorga es un poco mayor.

 

¿Se recomienda que los autónomos contraten este seguro?

Se trata de un seguro completamente obligatorio. No obstante, en función del número de vehículos con los que se cuente, se recomienda una modalidad u otra. Generalmente, si se cuenta con más de dos vehículos, se aconseja la contratación de la póliza general.
 
Esta modalidad, aunque es más cara, se ajusta a las necesidades del autónomo, por lo que, a largo plazo, puede ser beneficioso.
 

¿Qué seguros aseguran mi mercancía?

Como hemos comentado con anterioridad, este tipo de seguro no cubre los daños causados a la mercancía propia. Como consecuencia, se recomienda la contratación de otros seguros complementarios que sí aseguren de forma directa la carga.
 
En concreto, el seguro de daños a las mercancía es un tipo de póliza que cubre cualquier contratiempo o daño en la misma: desde extravíos, a deterioros o robos.
 
Este tipo de seguro no distingue entre el transporte nacional o internacional, por lo que puede utilizarse para ambas modalidades. El precio suele determinarse por el tipo de carga, su valor y dimensiones. En lo referente a este seguro, encontramos tres tipos de pólizas diferentes:
 

    – Pólizas abiertas: se realiza un único contrato, independientemente de los medios de transporte que hayan sido necesarios. En este tipo de seguros se cubren todas las mercancías enviadas a un cliente dentro de una misma operación comercial. Dentro de la póliza se incluyen diferentes trayectos, escalas, almacenamiento en lugares entre el punto de origen y destino, etc.
    – Pólizas especiales o por viaje: en este tipo de seguros se cubren los transbordos y almacenamientos necesarios durante el traslado de la mercancía. Cubren un único viaje de mercancías para un único cliente. Generalmente, pierde su validez cuando el transporte finaliza y el cliente recibe su carga.
    – Pólizas flotantes: en este tipo de seguros intervienen diferentes receptores, que se establecen mediante un contrato único. Como consecuencia, cubre diversos envíos a diferentes clientes durante un tiempo específico y determinado. Se deben incluir todos los detalles y condiciones del tipo de mercancía que se traslada.

 

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