El bill of landing es un documento necesario para el transporte marítimo de mercancías. En anteriores ocasiones os hemos hablado de la documentación necesaria para el transporte internacional. En el post de hoy, os contamos qué es el bill of landing y por qué es tan importante para el transporte marítimo internacional.
El bill of landing es uno de los documentos más importantes que se deben tener en cuenta a la hora de realizar cualquier transacción comercial. Como ya hemos comentado, se trata de un documento utilizado en el transporte marítimo de mercancías a nivel internacional.
A menudo, suele aparecer de forma abreviada a través de las iniciales: BL, B/L o BOL. Las tres formas hacen referencia a este documento reconocido internacionalmente.
Bill of landing
La definición que más aceptación ha generado sobre este documento es la que se refiere a él como evidencia del contrato de transporte entre el expedidor y la naviera.
De hecho, se trata de un documento que emite la naviera y en el que aparece el recibo de la mercancía. Es decir, se utiliza para hacer constar que la carga ha sido recibida correctamente para ser trasladada al puerto de destino bajo las condiciones acordadas.
Generalmente, estas condiciones hacen referencia al buque contratado y a las condiciones previamente acordadas entre el vendedor y el comprador de la carga.
En esencia, se trata de un documento que recoge las principales figuras que se ven implicadas durante el proceso de traslado de mercancías.
¿Qué información debe contener el Bill of landing?
Este documento básico debe contener información relacionada con diversos ámbitos. Concretamente, los datos básicos que deben aparecer son:
- – Tipo de mercancía que se va a transportar.
- – Identificación del vendedor o exportador.
- – El vehículo (buque) concreto que será utilizado para trasladar la mercancía.
- – La compañía naviera con la que se realizará el traslado.
- – Número del Bill of landing.
- – Empresa de transporte o transitaria contratada.
- – Identificación del expedidor o “shipper”, así como del consignatario o “consignee”.
A grandes rasgos, esta es la información que debe contener el Bill of landing. No obstante, en función del país o acuerdo llegado, se deberá presentar mucha más información que la descrita.